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domingo, 29 de marzo de 2015

Consejos para una compra segura

A la hora de comprar un auto es importante decidir en primer lugar si queremos optar por el mercado de primera o de segunda mano. Y es que, aunque en ambos casos será fundamental ajustar el producto que deseamos adquirir a las necesidades que tengamos, esta decisión será básica para seguir unos pasos u otros a la hora de la compra. De este modo, el paso previo a cualquier decisión definitiva será definir con exactitud y realismo para qué necesitaremos el auto y qué presupuesto estamos dispuestos a gastarnos en el vehículo.
Existen multitud de modelos y marcas de auto en el mercado, por lo que para comprar un vehículo tanto de primera mano como de ocasión, una de las mejores formas de reducir las opciones, y no desesperar ante la ingente oferta, es aprender a ser selectivos. De esta forma, deberemos seleccionar una serie reducida de modelos y versiones, los que mejor se adapten a las dimensiones y características técnicas que precisemos, y ajustar nuestra búsqueda a lo decidido sin dejarnos deslumbrar por otras opciones.
Otro de los secretos para acertar en nuestra elección radica en no quedarnos nunca con la primera opción. De esta forma, es importante visitar varios concesionarios para comparar prestaciones, servicios y precios. Y es que, en algunos casos, el coste del automóvil en concesionarios de diferentes ciudades o incluso dentro de la misma zona, puede llegar a alcanzar más de un 10% de diferencia en el total de la cuantía a pagar.
Además de esto es fundamental asegurarse, antes de firmar cualquier contrato de compra, de que el vendedor ha resuelto todas las dudas que podamos tener al respecto, no hay que dudar por tanto en asegurarnos de conocer todos los detalles del documento de compra y de leer la letra pequeña de cualquier papel que firmemos. Exigir una factura bien cumplimentada y conocer con exactitud cada uno de los puntos del contrato, te ayudará a ser más consciente de tu compra y a realizar una elección convencida y eficiente.
IMPUESTOS TASAS Y SEGUROS...
Uno de los aspectos fundamentales a tener en cuenta a la hora de comprarse un automóvil es conocer las tasas y los impuestos que tendremos que abonar y los seguros que tendremos que contratar para nuestro auto. Y es que Argentina es uno de los países en los que deben pagarse una mayor cantidad de impuestos por matriculación y posesión de un vehículo, lo que en opinión de númerosos expertos, supone un fuerte obstáculo para potenciales compradores y un lastre para la rentabilidad de los concesionarios.

De ese modo, si vas a comprar un automóvil en Argentina, debes prever que el gasto de tu nuevo transporte no se limitará al momento de la compra, sino que tanto en la adquisición como durante la vida útil de tu vehículo, deberás pagar los impuestos directos e indirectos correspondientes, que gravan a los automóviles, por encima del 30% del precio neto del auto sólo en el momento de la compra.
En relación con el pago de impuestos por las transferencias del dominio de un automotor, un proceso que no se produce en los vehículos de primera compra, los aranceles establecidos por el Gobierno de la Nación Argentina se dividen en función del año de fabricación del automóvil transferido. Este impuesto acostumbra a ser del 1% del valor total del vehículo para todos aquellos automóviles inscritos en el Registro del Automotor a partir del año 1975, y se pagan siempre por el comprador en el momento del cambio de propietario en el propio registro.

Por otro lado, conviene recordar que en Argentina es obligatorio por ley tener asegurado el automóvil. Estos seguros, que son obligatorios para circular, deben cubrir al menos al conductor y un tercio de los daños ocasionados por diferentes situaciones como accidentes o robos. El precio del seguro se establecerá siempre en función de las normas de la compañía aseguradora, pero acostumbran a contemplar factores como: el uso que se dará al auto, la marca y modelo del automóvil, el sexo, la edad y el estado civil del conductor.

Para conseguir reducir el coste de tu seguro es importante tener en cuenta que no siempre la misma compañía será la más barata en todas las provincias. De este modo, resulta básico realizar una comparación entre las posibles pólizas en cada ciudad fijándonos, no sólo en la cuota mensual que pagaremos, sino también en la cobertura y las calificaciones de clientes sobre el servicio de cada aseguradora. Para conseguir que el seguro salga un poco más económico podremos recurrir a algunos de los buscadores web especializados en comparación de precios en Argentina, que en función de factores como la edad, el lugar de residencia o el modelo de automóvil, nos ofrecerán siempre las tarifas más económicas del mercado.

En resumen:

Vehículo nuevo. Deberemos pagar el 30% del precio total del automóvil en impuestos, unas tasas que ya van incluidas en el precio que fijaremos con el concesionario.

Autos nuevos ecológicos. Nos beneficiaremos de un descuento del 2% del valor total del vehículo en el precio total de compra.

Automóviles de kilómetro 0. Pueden llegar a pagarse impuestos por un total del 40% del precio neto del vehículo. Un precio que el concesionario incluirá en el total a abonar.

Transferencias de dominio de un automotor. Debe pagarse un 1% del precio total del vehículo en concepto de tasas en el registro.

Todas estas tasas serán siempre abonadas por parte del comprador y la cantidad variará en función del modelo de automóvil que decidamos adquirir, ya que los impuestos se establecen siempre según la marca y el tipo de cada auto.

viernes, 27 de marzo de 2015

Recaudos a tener en cuenta previo a la compra de un automotor




Precio máximo de venta de Solicitudes Tipo y Formularios (*)

(*) Los Registros Seccionales están autorizados a vender las solicitudes tipo con un incremento de hasta 20% sobre el valor del listado (R.I.N.O.F., Capítulo VI, Sección 1, Art. 9).



Principales trámites que se realizan en los Registros Seccionales


1) Recaudos Generales
  1. Lugar de petición de los trámites
  2. Aranceles
  3. Cómo se peticiona?
  4. Certificación de firmas en las Solicitudes Tipo
  5. Domicilio (acreditación sólo en los trámites de Inscripción Inicial, Transferencia y Cambio de Radicación)
  6. Acreditación de inscripción en CUIT, CUIL, O CDI
  7. Verificación Física Plantas Habilitadas
  8. -
  9. Declaración jurada de bienes registrables F.381 AFIP
2) Trámites
  1. Inscripción Inicial
  2. Transferencia
  3. Denuncia de Robo o Hurto
  4. Comunicación de Recupero
  5. Informe de Dominio
  6. Denuncia de Venta
  7. Cédula Azul

ARANCELES:

Los tramites se realizan previo pago de los aranceles que a ese efecto fija el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Se paga por la petición y no por el resultado favorable de ésta.
Los aranceles tienen una validez de 90 días hábiles administrativos.

Recaudos a tener en cuenta previo a la compra de un automotor

  1. Solicitar un INFORME DE ESTADO DE DOMINIO
  2. Realizar la VERIFICACION FISICA del automotor
  3. Libre deuda del impuesto a la radicación de automotores . Patentes

RECAUDOS GENERALES

LUGAR DE PETICION DE LOS TRAMITES:

  • Registro Seccional de la radicación del Automotor.
  • Registro Seccional de la futura radicación del automotor (conforme domicilio del comprador en la transferencia) o guarda habitual acreditada. En este caso, debe presentarse indefectiblemente el Título del Automotor y Cédula de Identificación.
  • Registro Seccional que corresponda por domicilio o guarda habitual en caso de Inscripciones Iniciales.

COMO SE PETICIONA:

Por medio de Solicitudes Tipo, las que serán provistas gratuitamente por el Registro Seccional, siempre que:
  • el trámite sea presentado ante el Registro de la radicación, o el de la futura radicación si se peticiona también el trámite de Cambio de Radicación.
  • que el peticionario suscriba la Solicitud Tipo ante el Encargado de Registro, quien le certificará su firma. Cuando se tratare de la inscripción de contratos o de peticiones para los que se requiere del concurso de dos partes contratantes, éstas deberán suscribir en el mismo acto la Solicitud Tipo en presencia del Encargado, quien procederá a su certificación.
Las Solicitudes Tipo deberán presentarse totalmente completadas.

CERTIFICACION DE FIRMAS EN LAS SOLICITUDES TIPO:

La firma del peticionario -y cuando correspondiere su cónyuge-  en las Solicitudes Tipo deberán estar certificadas por:
  • Encargado de Registro de la Radicación del automotor o donde se presentará el trámite.
  • Escribano Público.
  • Otros certificantes. Consultar a la Oficina de Asesoramiento de la D.N.R.P.A. y C.P.
No se requerirá certificación:
  • en las Solicitudes Tipo referidas a contratos de prenda con registro y sus trámites posteriores, cuando el acreedor sea el Estado, sus reparticiones autárquicas y los bancos y demás entidades financieras autorizadas por el Banco Central de la República Argentina, las instituciones financieras de carácter internacional de las que la República Argentina sea miembro y las sociedades cooperativas.
  • las firmas estampadas por los jueces, secretarios, personas autorizadas a diligenciar el trámite o letrados, en las Solicitudes Tipo que deban acompañarse con carácter de minuta, ni las que con el mismo carácter suscriban los Escribanos autorizantes de las transferencias celebradas por escritura pública o las suscriptas por éstos en los supuestos previstos para las transferencias realizadas con Solicitud Tipo "08" especial.
  • las firmas estampadas en la Solicitud Tipo "99" y Formulario "58".
Las Solicitudes Tipo tienen una validez de 90 días hábiles administrativos a partir de la fecha de la primera certificación de firmas, salvo las que instrumentan el otorgamiento de derechos ("08", "15", "03" etc.) que no tienen vencimiento pero transcurridos 90 días hábiles administrativos se abonará un arancel progresivo por mora. 
Aranceles de certificación de firmas:
  • Certificación de firma sin acreditación de personería: $110,00 cada firma
  • Certificación de firmas con acreditación de personería: $150,00 cada firma
Documentación a presentar:
  • Argentinos: D.N.I., L.C. o L.E.
  • Extranjeros:
  1. sin residencia: Pasaporte
  2. con residencia permanente: D.N.I.
  3. de países limítrofes: D.N.I., C.I., C.I. del país de origen o pasaporte.
* LA CONSTANCIA DE DOCUMENTO EN TRAMITE NO ACREDITA IDENTIDAD.

DOMICILIO (acreditación sólo en los trámites de Inscripción Inicial, transferencia y cambio de radicación):

Documentación a presentar:
1) Personas de existencia visible con ciudadanía Argentina:
  • D.N.I., Libreta de Enrolamiento, Libreta Cívica, (original y fotocopia)
  • Fotocopia de los documentos antes señalados autenticada por Escribano Público.
2) Personas de existencia visible con ciudadanía extranjera:
  • D.N.I. otorgado por el Registro Nacional de las Personas para los extranjeros con residencia permanente en el país (original y fotocopia).
  • Declaración jurada (debidamente certificada por Escribano Público o Encargado de Registro) manifestando su residencia o habitación en el país (original y fotocopia).
3) Personas de existencia ideal de carácter privado:
  • Contrato social, estatuto o constancia del organismo estatal de contralor de las personas jurídicas o de cualquier otro organismo estatal del que resulte el domicilio del titular o adquirente (en original y fotocopia).
  • Constancia expresa del certificante de la firma en la Solicitud Tipo de que el domicilio en ella consignado es el que resulta de la documentación indicada en ítem anterior, que tuvo a la vista.
  • Instrumento emanado por Escribano Público del que resulte el domicilio legal, del cual da fe por haber tenido la documentación (Contrato social, estatuto, etc.) a la vista o por constarle ese hecho.
4) Personas jurídicas de carácter público:
  • Constancia suscripta -debidamente certificada- por la persona autorizada para representar a la entidad.
Guarda Habitual:
Personas Físicas: Declaración Jurada en Acta Notarial en la que constará: el lugar de la guarda del automotor, en que carácter hacen uso de ese lugar (usufructo, alquiler,  propiedad, etc. acreditar con documentación) y las razones por las cuales dicha guarda difiere del domicilio.
1) Personas Jurídicas de carácter privado:
  • Idem punto anterior, o
  • Manifestación simple de representante legal de la sociedad, expresando: el lugar de la guarda del automotor, y documentación que lo acredite (ejemplo, recibo de teléfono, recibo de impuestos, contrato social o título de propiedad). Dicha manifestación deberá estar certificada por los certificantes mencionados en el ítem "Certificación de Firmas".
2) Personas Jurídicas de carácter público:
  • Idem punto primero, o
  • Manifestación simple (debidamente certificada) suscripta por el representante legal o apoderado en la que exponga el lugar de la guarda habitual, haciendo constar que en ese lugar funciona una dependencia o delegación del organismo.
En caso de condominio en la adquisición fijarán la radicación los condóminos que individual o conjuntamente fuesen titulares de más del cincuenta por ciento (50%) del dominio. En caso de que los porcentajes sean similares, los condóminos elegirán de común acuerdo quién fijará la radicación; todos los condóminos deberán expresar su conformidad.

ACREDITACION DE INSCRIPCION EN C.U.I.T., C.U.I.L., O C.D.I.:

  1. C.U.I.T. o C.U.I.L.- Se podrá acreditar mediante alguno de los siguientes elementos:
  • Constancia emitida por la AFIP o ANSES.
  • Constancia en forma electrónica.
  • Constancia con sello y firma de la Autoridad Administrativa.
  • Formulario de presentación con sello de recepción del organismo receptivo.
  1. C.D.I.: Form. de declaración jurada Nro. 663 o Form. 622.

 

DECLARACION JURADA DE BIENES REGISTRALES

Formulario 381 A.F.I.P.: declaración jurada de bienes registrales efectuada por el titular ante la A.F.I.P. si se tratare de:

  • Maquinarias Agrícolas (cf. Disposición D.N. Nº 831/09).)

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